Le comparan sus actuaciones a las del anterior alcalde de Vega Baja
Por Maritza Díaz Alcaide / maritza.diaz@primerahora.com 04/14/2016 |10:00 a.m.

Presentan querella contra la alcaldesa de Canóvanas por presión política a empleados.
En problemas la alcaldesa de Canóvanas, Lornna Soto.
La División de Investigación y Procesamiento de la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) halló pruebas para someterle a la alcaldesa una querella en la que se afirma que presionó indebidamente a empleados municipales para que participaran de actividades de recolección de dinero que se efectuaban en su comité de campaña.
Tres abogados del área de Investigación y Procesamiento recomendaron la semana pasada que un examinador de la OEG pase un juicio más profundo – con desfile de testigos y otras pruebas- sobre la conducta de la alcaldesa.
De determinarse que ella incurrió en violaciones a la Ley de Ética, se le debe imponer una multa de hasta $20, mil, aconsejó la División de Investigación.
La OEG opera como una agencia cuasi judicial, por lo que Soto queda sujeta a un enjuiciamiento parecido al que se da en un tribunal con un caso civil.
Las violaciones que se le imputan en la querella habrían ocurrido durante “los primeros meses” del año 2015, cuando se alega que, en horas laborables, convocó a un grupo de empleados municipales para una reunión en el comité del Partido Nuevo Progresista en Canóvanas, en la que “solicitó y presionó” para que ellos asistieran a las actividades que el PNP celebraba algunos viernes para recaudar dinero.
En el documento se menciona que la alcaldesa “fomentó una actividad de recaudación de fondos que promovía los intereses electorales de esta como candidata del Partido Nuevo Progresista”.
Esas actividades se especifica que se llevaban a cabo “los viernes de cobro de quincena, en horas de la tarde”.
Soto habría violado artículos de la Ley de Ética Gubernamental que establecen que “un servidor público no puede utilizar los deberes y facultades de su cargo, ni la propiedad o fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una persona privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley”.
Un servidor público “tampoco puede, mientras se encuentre en funciones de su trabajo, dirigir o fomentar actividades que, directa o indirectamente, promuevan los intereses electorales de cualquier partido o candidato político”.
Mientras se encuentre en funciones de trabajo, este tampoco puede solicitarle a los demás empleados públicos que hagan contribuciones económicas o empleen de su tiempo para realizar o participar en una actividad política.
No está facultado para llevar a cabo tampoco una acción que ponga en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental.
La directora ejecutiva de la OEG, Zulma Rosario, dijo ayer que las imputaciones contra Soto son similares a las que en 2013, se le achacaron al ex alcalde de Vega Baja, Iván Hernández.
En ese caso, Ética Gubernamental logró confirmar que Hernández le había exigido a empleados del Municipio de Vega Baja que participaran de actividades del PNP.
El entonces alcalde convocó a sus empleados de confianza a una reunión en la que los amenazó “con graves consecuencias”, de no aportar dinero a su comité político.
Hernández, incluso, les asignó una cuota a sus colaboradores municipales.
El ahora ex alcalde de Vega Baja terminó pagando una multa de $110 mil.