Un siglo de regular el cierre del comercio vegabajeño

Vega Baja 1917 (2)

 

Por Thomas Jimmy Rosario Martínez,  Investigadores de la Historia Vegabajeña

Hace un siglo, en Vega Baja no regía una ley estatal, sino una ordenanza municipal para regular el cierre del comercio. Esa Ordenanza de Cierre disponía que los negocios podrían estar abiertos hasta las «siete de la tarde menos los sábados, que pueden hasta las 10 de la noche,,,los 24 y 31 de diciembre y 5 de enero de cada año, hasta las 12 de la noche si así lo estiman los dueños y los domingos y días feriados hasta las 12 del día…

…Las farmacias, las panaderías y hoteles podían estar toda la noche abiertos; las barberías, sastrerías y zapaterías hasta las 10 de la noche, los cafés, cafetines, salones de billar, puestos de refrescos, dulces, cigarros y cigarrillos hasta las doce de la noche…

…los teatros, circos y hogares destinados a recreo ó a fines de caridad hasta la hora que hayan cumplido su cometido,,,»

El alcalde entonces tenía la facultad para «cerrar cualquier negocio de café, cafetín, fonda, restaurant, kiosko o sitio donde se espendan licores, por el tiempo que estimare, siempre que dicho establecimiento fuera una amenaza, para el orden moral o bienestar público…» (Archivo General de Puerto Rico, Caja 8, Fondos Municipales, Municipio de Vega Baja).

Hoy día existe una ley estatal que regula el cierre pero deja algunas facultades que ejerce el alcalde y la Legislatura Municipal mediante Ordenanzas Municipales. Su contenido no puede estar reñido, porque prevalecerá la Lay y se puede declarar inconstitucional la Ordenanza.

El alcalde no tiene la facultad para cerrar ningún negocio directamente porque viola el debido procedimiento de ley que garantiza la Constitución de Puerto Rico en su Carta de Derechos, pero puede iniciar procedimientos de suspensión de licencias, patentas y permisos de usos cuando se viola la ley o los reglamentos. En el pasado esto se ha usado flexible o restrictamente dependiendo el color del partido del comerciante.

En octubre de 2012, terminando el pasado cuatrenio, la administración municipal de entonces decidió favorecer a unos comerciantes extendiéndoles el horario de cierre a ellos en particular y en detrimento de los demás, para que pudieran tener abiertos sus negocios or más tiempo, lo que redundaría en más ingresos, en detrimento de otros comerciantes. Eso generó un problema de seguridad y

Nunca nadie supo explicar las razones para una legislación municipal discriminatoria que favorecía a unos comerciantes particulares sobre otros. Ese exceso e injusticia -que también raya en la inconstitucionalidad pues las leyes tributarias tienen que ser uniformes-  fue corregido mediante la aprobación de una legislación municipal igual de restrictiva para todos los negocios que operan dentro y fuera del Código de Orden Público y al norte o sur de la Carretera Número Dos.

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