$110,000 de multa a ex-alcalde vegabajeño por violación ética

Iván Hernández González (2011-2013)
Iván Hernández González (2011-2013)

La Oficina de Etica Gubernamental le impuso $110.000.00 de multa al ex-alcalde Iván Hernández González por varias violaciones a la ley. Acceda a la Resolución con los detalles de los hechos y la aplicación del derecho.

Este caso es aparte de los casos criminales que aun pesan contra su persona en el Tribunal Superior de Bayamón, donde la pena, si sale culpable, es  cárcel.

Ética multa a exalcalde de Vega Baja

Iván Hernández tiene 30 días para someter el pago

Por Ivelisse Rivera Quiñones / ivelisse.rivera@gfrmedia.com

Iván Hernández tiene 30 días para hacer el pago mediante cheque certificado o giro postal a nombre del secretario del Departamento de Hacienda. (Archivo / ana.abruna@gfrmedia.com)

La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) multó en $110 mil al ex alcalde de Vega Baja, Iván Hernández, por exigirle una cuota mensual a sus empleados de confianza para financiar su campaña política.

En un informe de 15 páginas, sometido el pasado 12 de septiembre, la oficial examinadora Johanna Alicea García explica las violaciones en las que incurrió Hernández a la Ley de Ética Gubernamental y los hechos admitidos para tomar la determinación.

“Por los fundamentos antes esbozados, concluimos que el querellado, Sr. Iván Hernández González, mientras se desempeñó como alcalde del municipio, incurrió en violaciones a los incisos (k) y (m) del Art. 4.2 de la ley de Ética Gubernamental, supra, Se recomienda a la subdirectora ejecutiva, Lcda. Ana T. Ramírez Padilla, que imponga al querellado una multa de $10,000 por las dos violaciones al inciso (k); y una multa de $100,000 por las cinco violaciones al inciso (m). La multa total recomendada en este caso es de $110,000”, lee el informe.

El inciso (k) del artículo 4.2 establece que “un servidor público no puede, mientras se encuentra en funciones de su trabajo, dirigir o fomentar actividades que, directa o indirectamente, promuevan los intereses electorales de cualquier partido o candidato político”.

Mientras, el (m) establece que “un servidor público no puede, mientras se encuentra en funciones de su trabajo, exigir o solicitar a los demás servidores públicos, que hagan contribuciones económicas o que empleen de su tiempo para realizar o participar en una actividad política”.

El pasado 18 de septiembre, la subdirectora ejecutiva emitió una resolución en la que aceptaba la determinación de la oficial examinadora imponiendo la multa.

Hernández tiene 30 días para hacer el pago mediante cheque certificado o giro postal a nombre del secretario del Departamento de Hacienda.

El exalcalde tiene derecho a presentar una moción de reconsideración dentro de un término de 20 días.

En la resolución se le advierte a Hernández que la Ley de Ética le da la facultad a la oficina de “emitir una Orden de Retención y Descuento contra cualquier reintegro contributivo, liquidación de licencias o desembolsos por concepto de pensiones o aportaciones a los planes de ahorro o retiro a que tenga derecho”.

Hernández fue grabado en una reunión con parte de su personal mientras era alcalde exigiéndole colaboración económica y apoyo en las actividades a sus empleados. En el audio se le escucha decir que le “picaría la cabeza” a quien fuera sino lo respaldaban.

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